IDI, Red de Investigación, Desarrollo e Innovación

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Presentación de la Red IDI

Las universidades de la Red de Investigación, Desarrollo e Innovación, o Red IDI, concientes de que su papel es decisivo en la construcción de una sociedad inclusiva, productiva, educada y democrática, se proponen desarrollar un programa de trabajo para identificar los socios, campos, y acciones que les permitirán avanzar en ese proceso. Con ese fin, deberán intensificar y afianzar sus relaciones de complementariedad con sectores de la producción y los servicios, privados y públicos. La Red IDI está constituida por cinco universidades: Pontificia Universidad Católica del Perú, Universidad Nacional Agraria La Molina, Universidad Nacional de Ingeniería, Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Universidad Peruana Cayetano Heredia.

El objetivo general de la Red IDI es el desarrollo de la competitividad productiva y de los servicios, mediante la consolidación del vínculo entre la universidad y la empresa, por una parte, y entre aquélla y los organismos nacionales, regionales y locales de Gobierno, por la otra.

Los objetivos específicos de la red son: 1) Aprovechar las oportunidades y fortalezas con que cuentan las universidades y empresas para comprometer la participación activa de ambas en la realización de investigaciones específicas, innovaciones para la competitividad y formación de especialistas en postgrados competitivos y de tecnólogos calificados. 2) Responder a demandas del Gobierno Central y de los Gobiernos Regionales, asociándose con ellos para la realización de proyectos para la competitividad de los servicios públicos. 3) Desarrollar un amplio programa de transferencia tecnológica a PYMES urbanas y rurales, en el ámbito de las tecnologías limpias, en busca de calidad competitiva, asociatividad, encadenamiento productivo, capacitación y asesoría financiera, apuntando a satisfacer los objetivos de generación de empleo y disminución de la pobreza. Para cumplir sus metas, la Red buscará la asociación de otras universidades, especialmente de las más activas en las distintas regiones del país. La red tendrá personería jurídica como una organización civil sin fines de lucro.
Se constató que, mediante cartas suscritas por los respectivos rectores las cinco universidades fundadoras de la Red IDI han designado a las personas responsables de la Red IDI en cada una de ellas, de la siguiente forma: la PUCP ha designado a la Dra. Margarita Suárez, Directora Académica de Investigación; la UNALM ha designado a la Dra. Patricia Gil Kodaka, Jefa de la Oficina Académica de Investigación; la UNI ha designado al Ing. Emerson Collado, Director del Instituto General de Investigaciones; la UNMSM ha designado a la Dra. Aurora Marrou, Vicerrectora de Investigación, y la UPCH ha designado a la Dra. Fabiola León Velarde, Vicerrectora de Investigación

Como primera actividad de RED IDI se llevara a cabo un seminario Universidad-Empresa-Estado:
El Seminario Relaciones Universidad-Empresa tiene el objeto de identificar los temas de trabajo común más relevantes entre ellas en el estado actual de la economía peruana. Construyéndose en el presente para atender requerimientos recíprocos de desarrollo, se reconoce que tales relaciones han de proyectarse al futuro para que cobren su pleno sentido, construyendo un vínculo permanente y dependiente de la voluntad explícita de las partes a la vez que manteniendo la identidad específica de cada una de ellas.

El Seminario debe permitir el reconocimiento de la demanda de ciencia, tecnología e innovación de las empresas y de la oferta de las universidades para satisfacerlos, y los instrumentos para su mutua e indispensable aproximación para el desarrollo económico y humano. La constitución de redes nacionales de investigadores e innovadores en los campos agropecuario y agroindustrial, pesquero y acuícola, minero y metalúrgico, forestal, energético, de telecomunicaciones y de arqueología debe prosperar y ser respaldada en el marco del diálogo universidad-empresa.

En un segundo próximo seminario, emplearemos un procedimiento similar para identificar los ámbitos en que la Universidad y el Estado deben asociarse para el mejoramiento y ampliación de los servicios sociales y ambientales de la salud, educación, medio ambiente, seguridad ciudadana, vivienda y saneamiento, conforme con las políticas públicas y mediante redes de investigación-innovación.

Para enfrentar el desafío de reunir sosteniblemente universidades y empresas en programas comunes de trabajo que afirmen su presencia en la sociedad global, se cuenta con algunos instrumentos políticos y normativos y con capacidades institucionales destacables. En lo normativo, están las políticas del Acuerdo Nacional, con un amplio consenso social; el Plan Nacional de Competitividad y el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como los Planes Regionales de Desarrollo en varias de las Regiones del país. Entre las capacidades institucionales con que se cuenta están 1) Los organismos específicos creados por las universidades y las federaciones empresariales orientados al conocimiento científico-tecnológico para la competitividad productiva: programas de incubación de empresas, oferta de servicios científicos y tecnológicos y programas de transferencia tecnológica; 2) Redes ya constituidas con participación de empresas y grupos universitarios de investigación en áreas importantes de la economía: camélidos andinos, recursos hídricos, acuicultura, plantas medicinales, ciencias de materiales y alimentación y nutrición; 3) Fondos para financiar investigaciones, innovaciones y formación de especialistas de alto nivel que sean presentados por asociaciones de universidades y empresas (PROCOM en el CONCYTEC; Programa de CyT en la PCM, Crédito Suplementario del MEF para CyT, y recursos empresariales); 4) Posibilidad de compartir facilidades de laboratorios de investigación, dentro y fuera del país, mediante el empleo extensivo de tecnologías de información y comunicación: redes avanzadas en banda ancha: RAAP (Perú), CLARA (América Latina), GÉANT (Comunidad Europea) y ABILENE (Norteamérica).

Líderes empresariales y empresarios de distintas áreas de la producción de todo el país, investigadores e innovadores universitarios, funcionarios públicos de niveles de decisión, líderes sociales, promotores y financiadores de sectores productivos, Presidentes de Gobiernos Regionales, representantes de organismos internacionales, analistas y periodistas destacados.

DIRECTORIO DE LA  RED IDI:
Coordinador General RED IDI:  Dr. Benjamín Marticorena
Dirección:

Calle San Ignacio de Loyola 554 Miraflores, sede Organización de Estados Iberoamericanos

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ESTATUTO
(PROYECTO EN ELABORACIÓN)
RED DE INVESTIGACION, DESARROLLO E INNOVACION

RED IDI

 

CAPITULO I

DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACION, OBJETO Y FINES

ARTICULO 1º. Bajo la denominación Red de Investigación, Desarrollo e Innovación, cuyo nombre abreviado es Red IDI, créase una asociación civil sin fines de lucro que se regirá por el presente estatuto y por las leyes y reglamentos aplicables. La Asociación podrá abrir, cuando lo estime conveniente, oficinas u otra clase de dependencias en cualquier ciudad del país para cumplir con su objeto. 

ARTICULO 2º.-  El domicilio de la Red IDI es la ciudad de Lima.

ARTICULO 3º.- La duración de la Red IDI es indefinida.

ARTICULO 4º.- El objeto de la Red IDI es el desarrollo de la competitividad de la producción y de los servicios, mediante la consolidación del vínculo entre las universidades y las empresas, por una parte, y entre las universidades y los organismos nacionales, regionales y locales de gobierno, por la otra. 

ARTICULO 5º.- Para la consecución de su objeto, la Red IDI se propone como fines:

  1. Aprovechar las oportunidades y fortalezas con que actualmente cuentan las universidades y empresas, para comprometer la participación activa de ambas en la realización de investigaciones e innovaciones para la competitividad en los mercados, y para la formación de especialistas (postgrados) y tecnólogos de alto nivel en los campos requeridos por los distintos sectores empresariales.
  2. Responder a demandas del Gobierno Central y de los Gobiernos Regionales y Locales, relativas al mejoramiento de la calidad y ampliación de la cobertura de los servicios públicos fundamentales de salud, educación y seguridad ciudadana, entre otros.
  3. Desarrollar un amplio programa de transferencia tecnológica a PYMES urbanas y rurales, en el ámbito de las tecnologías limpias, en consonancia con los objetivos nacionales de generación de empleo, competitividad productiva y reducción de la pobreza.

Cuando lo considere conveniente, el Comité Directivo podrá establecer otros fines específicos para la Red IDI, en el marco de su objeto institucional.

ARTICULO 6º.- Cada universidad asociada designará una dependencia de su estructura orgánica como responsable del cumplimiento del objetivo, fines y actividades de la Red IDI.
ARTICULO 7º.- Para cumplir sus fines, la Red IDI:

  1. Determinará, a través de su Consejo Directivo, el presupuesto necesario para su instalación y su inscripción en los Registros Públicos así como el monto de las cuotas que serán aportadas periódicamente por los asociados para la operación de la Red.
  2. Representará a las universidades miembros de la Red, en reuniones concernientes a su objeto y fines, y en las relaciones con organismos nacionales e internacionales en los temas de su competencia.
  3. Establecerá mecanismos de trabajo presencial o virtual para la participación activa de sus asociados.
  4. Desarrollará todo género de actividades académicas, científicas y de gestión y relaciones institucionales, relacionadas con el objeto y fines expuestos.
  5. Establecerá relaciones con otras redes académicas y científicas de cooperación Universidad-Empresa y Universidad-Estado, dentro y fuera del país.
  6. Celebrará actos, contratos y convenios, ejecutará las operaciones y otorgará los documentos que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto, y conforme con lo dispuesto en este Estatuto.
  7. Recibirá cooperaciones y donativos que contribuyan al cumplimiento de su objeto y fines y gestionará financiamiento de organismos nacionales e internacionales de cooperación.
  8. Buscará la mayor colaboración con las empresas privadas, con las instituciones del Estado y con organismos internacionales, orientada al cumplimiento de su objeto y fines.
  9. Adquirirá, gestionará y celebrará actos sobre derechos protegidos por la legislación sobre propiedad intelectual y por la legislación sobre derechos de autor.
  10. Ejercitará toda clase de derechos y asumirá todo tipo de obligaciones, inclusive de índole comercial, siempre y cuando las rentas obtenidas sean destinadas a sus fines específicos, no lucrativos, y conforme con las decisiones de sus órganos sociales.

CAPITULO II

PATRIMONIO y RECURSOS

ARTICULO 8º.- El patrimonio de la Red IDI se constituirá:

  1. Con las cuotas de sus asociados, donativos, contribuciones y otras aportaciones que se reciban de organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros.
  2.  Con los contratos que suscriba para realizar actividades de apoyo a la competitividad empresarial, la transferencia tecnológica, el apoyo al desarrollo de  los servicios públicos, y otros conforme con su objeto y fines.
  3. Con los productos de su propio patrimonio y actividades.

ARTICULO 9º.- Las instituciones asociadas no tienen derecho a que les sean devueltas las aportaciones o donativos que hayan entregado a la Red IDI, salvo las excepciones legalmente establecidas. En caso de que una institución asociada pierda esta condición por propia decisión o por cualquier otro motivo, pierde en favor de la Red IDI los importes de su participación y deja de tener los derechos y las obligaciones que este Estatuto le confiere.

ARTICULO 10º.- Los órganos sociales son el Consejo Directivo, el Comité Ejecutivo y la Coordinación.  El Consejo Directivo está constituido por los rectores de las cinco universidades fundadoras.  El Comité Ejecutivo está constituido por los representantes de esas mismas universidades,  debidamente registrados como tales, mediante carta de presentación suscrita por los rectores respectivos. El Consejo Directivo y el Comité Ejecutivo tienen las funciones y facultades que se señalan más adelante, en el Capítulo IV. La Red IDI nombrará un Coordinador de la Red con el encargo de cumplir los acuerdos de sus órganos sociales y promover nuevas relaciones y actividades vinculadas al objetivo y fines institucionales. 

CAPITULO III

DE LOS ASOCIADOS 

ARTICULO 11º.- .Las instituciones fundadoras de la Red IDI son la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), la Universidad Nacional Agraria de La Molina (UNALM), la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI), la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) y la Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH). Estas instituciones asumen los derechos y obligaciones que este Estatuto les señala. En particular, sus rectores constituyen el Consejo Directivo, máximo órgano social de la Red IDI..

ARTICULO 12º.- Para ser miembro asociado de la Red IDI se requiere ser universidad pública o privada, que realice actividades académicas, de investigación y de innovación tecnológica. Para formar parte de la RED IDI en condición de miembro asociado se requiere contar con la aprobación unánime del Consejo Directivo, en respuesta a la solicitud y documentación presentada por la universidad interesada. Los miembros asociados de la RED IDI no formarán parte del Consejo Directivo, reservado a las cinco universidades fundadoras. Un reglamento especial, que será aprobado por el Consejo Directivo, determinará el procedimiento y requisitos para la incorporación de miembros asociados de la RED IDI.

ARTICULO 13º.- Son obligaciones de los asociados:

  1. Participar en las sesiones del Consejo Directivo y del Comité Ejecutivo a que fueren convocados y cumplir con los acuerdos que en ellas se adopten.
  2. Vigilar la marcha de la Red IDI y ejercer todos los derechos que la ley les otorgue para que se cumpla el objetivo y fines institucionales y que su patrimonio sea administrado honrada y eficientemente.
  3. Aportar el equipamiento y los recursos financieros necesarios para el funcionamiento de la Red IDI, de acuerdo a lo establecido por sus órganos sociales.
  4. Cumplir con el pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias en la oportunidad que fije el Consejo Directivo o, por delegación de éste, el Comité Ejecutivo.
  5. Acatar el presente Estatuto y los reglamentos y acuerdos aprobados por el Consejo Directivo y por el Comité Directivo.
  6. Realizar proyectos de investigación, desarrollo e innovación orientados al fortalecimiento de las relaciones universidad-empresa y universidad-estado.
  7. Participar en las actividades desarrolladas por la Red IDI, apoyando el cumplimiento de sus fines mediante sus capacidades de investigación, servicios, formación, etc.

ARTICULO 14º.- Son derechos de los asociados:

  1. Tener voz y voto en las sesiones ordinarias y extraordinarias de sus órganos sociales y ejercitar en ellas todos los derechos que les reconoce este Estatuto y el marco legal vigente.
  2. Ser elegidos para presidir el Consejo Directivo conforme con el presente Estatuto y los reglamentos que el propio Consejo Directivo apruebe.
  3. Recibir los informes periódicos que presenten los órganos sociales y el Coordinador de la Red IDI, relacionados con las actividades de ésta y con su situación financiera.

ARTICULO 15º.- Los asociados pueden ser separados de la Red IDI por acuerdo del Consejo Directivo, con el voto unánime de los demás asociados, cuando no haya cumplido, durante un período de tres meses consecutivos o más, con sus obligaciones establecidas en el presente Estatuto y en el marco legal vigente.

ARTICULO 16º.- Los pedidos de separación de asociados deben ser presentados por al menos tres (03) miembros del Consejo Directivo. Si éste encuentra que existe mérito, acordará la suspensión del asociado hasta su siguiente sesión, en la cual se decidirá, en última instancia, sobre su separación.
ARTICULO 17º.- Los asociados podrán retirarse de la Red IDI por voluntad propia cuando lo estimen conveniente, informando por escrito de su decisión al Consejo Directivo con una anticipación no menor a tres meses a la fecha en que deseen se haga efectivo el retiro. La renuncia de un asociado no afectará los proyectos u otros compromisos que el haya asumido con la asociación y que se encuentren en curso de realización. 

CAPITULO IV
DE LOS ÓRGANOS SOCIALES

TÍTULO I
Del Consejo Directivo

ARTICULO 18º.-  El órgano máximo de la Red IDI es el Consejo Directivo, constituido por los rectores de las universidades asociadas. Al Consejo Directivo asiste el Coordinador de la Red como su Secretario Ejecutivo. El Consejo Directivo lo preside uno de los rectores de las universidades asociadas, elegido por mayoría de votos por un período de un año, siendo sustituido, al término de su mandato, por otro rector miembro del Consejo Directivo de manera que todos lo presidan sucesivamente.

ARTÍCULO 19º.- El Consejo Directivo se reunirá en Sesiones Ordinarias y Sesiones Extraordinarias. Las Sesiones Ordinarias se realizarán cada tres meses, y las Extraordinarias cuando el propio Consejo Directivo lo decida a solicitud del Coordinador o de tres o más de sus miembros.

ARTICULO 20º.- En las Sesiones, Ordinarias o Extraordinarias del Consejo Directivo participa el Coordinador de la Red IDI, actuando en ellas como Secretario Ejecutivo, con derecho a voz pero no a voto. Las Sesiones Ordinarias o Extraordinarias del Consejo Directivo son convocadas por su presidente. 

ARTÍCULO 21º.- Las Sesiones Ordinarias tienen validez cuando estén presentes cuatro de los cinco miembros del Comité Directivo, constituyéndose este en el quórum de la correspondiente sesión, cuyos acuerdos son válidos para todos los asociados de la Red. En caso de no lograrse realizar la sesión por no contarse con el quórum señalado, la Sesión Ordinaria podrá tener lugar en una segunda citación, convocada dentro de los siete días calendario siguientes a la fecha de la sesión frustrada, y será válida con los asociados asistentes, siempre que no sean menos de tres. En tal sentido, sus acuerdos son de cumplimiento obligatorio para todos los miembros de la Red IDI. Las Sesiones Extraordinarias sólo pueden realizarse con el total de miembros de la Red; esto es, con sus cinco titulares. Las Sesiones Ordinarias pueden resolver cualquier asunto que no requiera acuerdo de Sesión Extraordinaria.

ARTÍCULO 22º.- En las Sesiones, Ordinarias o Extraordinarias, del Consejo Directivo participan los miembros titulares; es decir, los rectores de las cinco universidades fundadoras de la Red IDI, pudiendo éstos designar a una persona que lo representará expresamente en la sesión convocada, mediante una comunicación escrita dirigida al Presidente del Consejo Directivo. La persona designada para representar al rector correspondiente, deberá tener todas las prerrogativas, obligaciones y capacidad de decisión que el titular al que representa.

ARTICULO 23º.- Se requiere acuerdo de Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo para adoptar acuerdos sobre los asuntos siguientes: 1) Transformación de la Red IDI o fusión con otras Asociaciones;   2) Reforma de este Estatuto;  y, 3) Disolución o liquidación de la Red IDI.
ARTICULO 24º.- La convocatoria para cada sesión - ordinaria o extraordinaria - debe ser realizada por el Presidente del Consejo Directivo con, por lo menos, 15 días calendario de anticipación a la fecha señalada para la sesión. La convocatoria se hará por escrito, mediante circular que permita certificar su recepción, y dirigida al domicilio de cada uno de los asociados, o mediante correo electrónico, en cuyo caso se tendrá por cierta al acuse de recibo, debiéndose en todos los casos señalar claramente el lugar, medio, fecha y hora de la sesión así como su agenda.

ARTÍCULO 25º.- Las sesiones, ordinarias o extraordinarias, pueden celebrarse sin necesidad de previa convocatoria cuando a ella concurran todos los miembros del Consejo Directivo con derecho a voto y manifiesten su acuerdo de realizarla. El Presidente del Consejo Directivo puede convocar a sesión extraordinaria por propia decisión o cuando lo soliciten por lo menos dos de sus miembros, expresando en su solicitud los asuntos de que deba ocuparse la sesión. En caso de no disponerse del quórum necesario para realizar la sesión, se procederá a una segunda convocatoria dentro del plazo de los 7 días siguientes a la fecha de la sesión no celebrada.

ARTICULO 26º.- Las sesiones, ordinarias o extraordinarias del Consejo Directivo serán presididas por el Presidente del Consejo Directivo. El Coordinador de la Red IDI actuará como Secretario de la misma. Si el Presidente o/y el Coordinador no concurriesen a la Asamblea, los asistentes designarán, de entre los miembros del Consejo Directivo, a las personas que deban actuar en su (s) lugar (es); esto es, como Presidente y Secretario, respectivamente . El Secretario deberá certificar la asistencia y quórum de la sesión.

ARTICULO 27º.- Si se trata de segunda o ulterior convocatoria, las sesiones, tanto ordinarias como extraordinarias se instalarán válidamente con la presencia de al menos tres miembros del Consejo Directivo.

ARTICULO 28º.- Cada asociado tendrá derecho a un voto. Para que un asunto se considere aprobado por la sesión ordinaria se necesitan los votos favorables de, cuando menos, la mitad más uno de los asistentes a ella, excepto cuando este estatuto indique explícitamente otra cosa.
ARTICULO 29º.- En las sesiones extraordinarias las resoluciones sólo se considerarán aprobadas mediante el voto favorable de la mitad más uno de los asociados.

ARTICULO 30º.- Son funciones y obligaciones del Consejo Directivo:

  1. Escuchar el informe del Comité Ejecutivo y del Coordinador de la Red, sobre las actividades llevadas a cabo por la Red IDI durante el trimestre inmediatamente anterior a cada Sesión Ordinaria, y tomar las resoluciones que se estimen convenientes en relación con dicho informe.
  2. Discutir y aprobar, con o sin modificaciones, el estado de la situación financiera de la Red IDI hasta la fecha de la sesión convocada, y el estado de la situación financiera anual, al término del ejercicio presupuestal anterior.
  3. Definir la política general de la Red IDI.
  4. Aprobar los reglamentos y normas propuestas por el Comité Ejecutivo y el Coordinador.
  5. Aprobar el presupuesto anual de gastos operativos de la Red IDI.
  6. Establecer los montos, la periodicidad y el calendario de las cuotas que deberán pagar los miembros.
  7. Resolver sobre la forma en que ha de aplicarse el saldo neto del Estado de Ingresos y Egresos.
  8. Elegir, entre uno de los miembros del Consejo Directivo, a quien será su Presidente para los siguientes doce meses, siguiendo el orden de alternancia mencionado en el Artículo 18º.
  9. Decidir sobre la admisión o la separación de miembros.
  10. Discutir cualquier asunto que someta a su consideración el Comité Ejecutivo y el Coordinador de la Red IDI.
  11. Evaluar los objetivos y metas alcanzados por la Red IDI.
  12. Debatir, plantear y aprobar el Plan de Trabajo anual de la Red IDI, a propuesta del Comité Ejecutivo.

ARTICULO 31º.- Las decisiones tomadas en las Sesiones del Consejo Directivo son de cumplimiento obligatorio para todos lo asociados, aún para los que hubieran estado ausentes en la sesión en que fueron acordadas.

ARTICULO 32º.- De toda Sesión se elaborará un acta en la que se incluyan los asuntos tratados y los acuerdos adoptados por la misma. El acta será firmada por todos los miembros del Consejo Directivo presentes en la sesión respectiva y por el Coordinador de la Red.

TÍTULO II
Del Comité Ejecutivo

ARTICULO 33º.- El Comité Ejecutivo es el órgano de ejecución permanente de las  políticas definidas por el Consejo Directivo y de las acciones que de ellas se desprenden. Ejerce la representación del Consejo Directivo, por delegación de éste, para evaluar las acciones cumplidas por la Red y programar las que se realizarán próximamente.  El Comité Ejecutivo, al estar compuesto por un representante de cada una de las universidades asociadas, constituye el puente de enlace entre la Red IDI y los organismos que en cada universidad hayan sido designados como responsables, en ella, de los trabajos de la Red.  

ARTICULO 34º.- El Comité Ejecutivo sesionará con la frecuencia y procedimientos que determiné su Reglamento Interno, el cual será aprobado por el Consejo Directivo.  Las sesiones del Comité Ejecutivo serán presididas por el Coordinador, quien tiene la responsabilidad de convocarlas y prepararlas. Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos de los miembros del Comité Ejecutivo que concurran. De todas las sesiones del Comité Ejecutivo se levantará un acta firmada por los miembros asistentes. 

ARTÍCULO 35º.- Son facultades y obligaciones del Comité Ejecutivo:

  1. Proponer al Consejo Directivo modificaciones a los reglamentos de la Red IDI.
  2. Formular el plan anual de actividades de la Red IDI y el presupuesto anual para ponerlo a consideración del Consejo Directivo para su aprobación.
  3.  Constituir las comisiones que sean necesarias para el cumplimiento de las acciones del plan de actividades de la Red, asignándoles facultades y obligaciones.
  4. Participar en litigios y cobranzas, así como en la administración de los bienes y negocios de la Red, sin limitación alguna y con facultades para ejercer actos de dominio en los términos de la legislación del Perú.
  5. Delegar una o varias de sus facultades en una persona o entidad designada por el propio Comité Ejecutivo.
  6. Acordar provisionalmente sobre la admisión y separación de nuevos asociados y poner estos acuerdos a consideración del Consejo Directivo para su decisión definitiva.
  7. Proponer el monto de las cuotas que deberán abonar los asociados, para su aprobación por parte del Consejo Directivo.
  8. Todas aquellas otras que resulten necesarias para el desempeño de sus funciones de representación, dirección y administración.

TÍTULO III
              Del Coordinador de la Red IDI

ARTICULO 36º.- El Coordinador de la Red IDI es, por delegación del Consejo Directivo, su representante legal, y tiene las funciones de:

  1. Mantener los nexos de trabajo de las universidades, entre sí.
  2. Mantener los nexos de trabajo entre las universidades y los sectores productivos y de gobierno.
  3. Proporcionar la información técnica, institucional, financiera u otra que las universidades miembros requieran para realizar los planes acordados.
  4. Coordinar el proceso de cumplimiento del plan de trabajo acordado por el Consejo Directivo a propuesta del Comité Ejecutivo.
  5. Actuar en representación de la Red para las relaciones de ésta con autoridades políticas, académicas, empresariales y estatales, para todos los actos para los que reciba encargo explícito del Consejo Directivo y del Comité Ejecutivo.
  6. Las demás funciones que le asigne el Consejo Directivo, el Comité Ejecutivo, el presente Estatuto, su reglamento y la naturaleza propia del cargo encomendado.
  7. Firmar los documentos de gasto de los recursos del presupuesto operativo de la Red, constituido por las contribuciones periódicas de las universidades miembros.
  8. Gestionar la correspondencia, cuidar que los libros contables de la Red IDI se encuentren al día en concordancia con las prescripciones legales, dictar las disposiciones necesarias para el normal funcionamiento de la Red IDI, nombrar y separar al personal, y ejercer la representación general de la Red IDI.  Administrar los bienes muebles e inmuebles de la Red.

ARTICULO 37º.- Para el ejercicio de sus funciones, el Coordinador contará con una oficina equipada  y con servicio secretarial, así como con un presupuesto operativo que será propuesto por el Comité Ejecutivo y aprobado por el Consejo Directivo. 

CAPITULO V
DE LA DISOLUCIÓN

ARTICULO 38º.- La Red IDI se disolverá cuando así lo acuerde el Consejo Directivo en Sesión Extraordinaria en los términos del presente Estatuto y conforme con el Código Civil.

ARTICULO 39º.- En el momento en que sea declarada la disolución de la Red IDI, el Comité Ejecutivo se convertirá en Comité de Liquidadores.

ARTICULO 40º.- El Comité de Liquidadores deberá proceder a cubrir el pasivo de la Red IDI, pudiendo vender los bienes que a su juicio fuere necesario.
ARTICULO 41º.- Ningún asociado tendrá derecho a la devolución de ninguna aportación, cuota o donativo con que hubiere contribuido a la Red IDI. El sobrante íntegro que quedare después de cubrir el pasivo, se aplicará, en su totalidad, en favor de alguna otra u otras instituciones que tengan fines similares.
ARTÍCULO 42º.- El Consejo Directivo será la única instancia facultada para determinar a quien o quienes se ha de aplicar el activo líquido remanente.

CAPITULO VI
DISPOSICIONES ESPECIALES Y/O TRANSITORIAS

ARTÍCULO 43º.- Para todo lo no previsto en el presente estatuto, regirá lo dispuesto en el Código Civil y en las demás normas legales que fuere pertinente.

ARTICULO 44.- El primer Consejo Directivo de la Red IDI estará conformado por las siguientes personas, rectores de las universidades fundadoras:  Ing. Luis Guzmán Barrón Soldevilla, Rector de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP); Ing. Luis Katsumi Maezono Yamashita, Rector de la Universidad Nacional Agraria La Molina (UNALM); Ing. Roberto Morales Morales, Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI); Dr. Luis Izquierdo Vásquez, Rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM); y Dr. Oswaldo Zegarra Rojas, Rector de la Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH).

ARTICULO 45.-  El Primer Comité Ejecutivo estará conformado por las siguientes personas, en representación de los rectores de las universidades fundadoras: Dra. Margarita Suárez Espinosa, por la PUCP; Dra. Patricia Gil Kodaka, por la UNALM; Ing. Emerson Collado, por la UNI, Dra. Aurora Marrou, por la UNMSM y Dra. Fabiola León Velarde, por la UPCH.

ARTICULO 46.-   El primer Coordinador de la Red será el Dr. Benjamín Abelardo Marticorena Castillo

ARTICULO 47.-  Los Rectores de las cinco universidades fundadoras de la Red IDI han solicitado y obtenido de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, OEI, el uso de un ambiente de la sede de este organismo internacional y la administración de los recursos entregados para los gastos operativos de la Red IDI.

 

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RED IDI 
Red de Investigación, Desarrollo e Innovación. 
Relaciones de la Universidad con los Sectores Productivos y de Gobierno
(27 de marzo del 2007
)

 

ACTA DE REUNIÓN DE RECTORES

Siendo las 11 am del 27 de marzo del 2007, se reunieron en la sede de la OEI en el Perú, los rectores de las universidades fundadoras de la Red IDI , Dr Luis Guzmán Barrón, Rector de la Pontificia Universidad Católica del Perú, Ing. Luis Maezono, Rector de la Universidad Nacional Agraria de la Molina, Ing. Roberto Morales, Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería, Dr. Luis Izquierdo, Rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, y Dr. Oswaldo Zegarra, Rector de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, con el objeto de participar en la reunión de información pública sobre el inicio de las actividades de la Red IDI, previo a lo cual tuvieron una sesión reservada (cada uno de ellos con el acompañamiento de la persona que será responsable de la Red IDI en su respectiva universidad, y con el Coordinador de la Red IDI, Dr. Benjamín Marticorena y el Representante en el Perú de la OEI, como organismo que viene apoyando el funcionamiento de la Red) para aprobar los acuerdos adoptados en la sesión anterior realizada el 18 de diciembre del 2006, que fueron los siguientes:

  1. Aceptar ser parte de la Red IDI
  2. Designar a la persona que representará a cada universidad y a su rector en la Red
  3. Financiar el funcionamiento de la Red en partes iguales.
  4. Autorizar a que la OEI administre los recursos que entregarán las universidades asociadas, para los gastos operativos
  5. Confirmar la designación del Dr. Benjamín Marticorena como Coordinador de la Red IDI.

 

Se constató que, mediante cartas suscritas por los respectivos rectores las cinco universidades fundadoras de la Red IDI han designado a las personas responsables de la Red IDI en cada una de ellas, de la siguiente forma: la PUCP ha designado a la Dra. Margarita Suárez, Directora Académica de Investigación; la UNALM ha designado a la Dra. Patricia Gil Kodaka, Jefa de la Oficina Académica de Investigación; la UNI ha designado al Ing. Emerson Collado, Director del Instituto General de Investigaciones; la UNMSM ha designado a la Dra. Aurora Marrou, Vicerrectora de Investigación, y la UPCH ha designado a la Dra. Fabiola León Velarde, Vicerrectora de Investigación. 

Se acordó que la primera reunión de los responsables y representantes de las cinco universidades y el coordinador de la Red sería el viernes 30 de marzo del 2007 a las 9 am en la sede de la OEI.

Se acordó igualmente que, mientras se gestiona y obtiene el registro público de la Red IDI, la OEI abriría una cuenta bancaria para administrar los recursos para la operación de la Red, los mismos que serían entregados a la OEI por las respectivas universidades en la forma siguiente:
Fecha                                      entrega por                              Total trimestral
                                               cada universidad

01 Abr 2007                           S/. 12,388                               S/. 61,939
01 Jul 2007                             S/. 10,568                               $/. 52,839
01 Oct 2007                           S/. 10,568                               $/. 52,839
01 Ene 2008                           S/. 10,568                               $/. 52,839

 

Siendo las 11:20 am y no habiendo nada más que tratar, los rectores y sus acompañantes pasaron a la reunión pública de presentación de la Red IDI, en el auditorio de la OEI.

 

Lima, 27 de marzo de 2007

 

 

Ing. Luis Guzmán Barrón                                 Ing. Luis Maezono Yamashita 
    Rector de la PUCP                                          Rector de la UNALM

 

 

 

Ing. Roberto Morales Morales             Dr. Luis Izquierdo Vásquez
         Rector de la UNI                                       Rector de la UNMSM

 

 

 

                                   Dr. Oswaldo Zegarra Rojas
                                         Rector de la UPCH